lunes, 23 de marzo de 2009

Interdictos en materia agraria

El interdicto es un proceso en el cual se ventila la posesión y que exista perturbación a dicha posesión.
Como se pueden imaginar, esto tipo de proceso reviste de suma importancia ya que brinda una opción mucha más rápida que un proceso ordinario, siempre y cuando la materia a ventilarse cumpla con las dos características mencionadas al principio.

Ya se ha recalcado la importancia y delicadeza de materia que se ventila en los tribunales agrarios, y en cuanto a los interdictos no es la excepción.
Tras haber estudiado el tema de los interdictos, me quedan inquietudes con respecto a cómo se trata el tema en la realidad, y es que pienso en los usurpadores que toman posesión de terrenos, "cumplen" con los requisitos para usucapir pero he aquí mi inquitud...siembran árboles frutales y con características de explotación legal y sólo por esto el requisitos de posesión se disminuye considerablemente de 10 años a 3....me parece que es un arma de doble filo, ya que habrá personas que sí actúan de buena fe a la hora de querer usucapir agrariamente un terreno pero para nadie es un secreto de las muchas personas inescrupulosas que se aprovechan de esta ventaja que presenta la materia agraria y despojan de terrenos a terceros.

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